Colaborador de Pilot Network · Fiscalidad para pilotos y tripulantes

ASESORÍA FISCAL 7P

7P Fiscalidad es una gestoría especializada en el asesoramiento fiscal de pilotos, tripulantes y demás profesionales de la aviación, y de trabajadores desplazados o que desarrollan su actividad en el extranjero. Asesoramiento cercano y personalizado, tanto en tus obligaciones fiscales como en los trámites ante las distintas Administraciones.

Ventaja Pilot NetworkDi que vienes de Pilot Network y accede a mejores precios.

Servicios

Fiscalidad y declaraciones

  • Declaración de la Renta – Modelo 100 (IRPF)
  • Exención del artículo 7.p del IRPF
  • Modelo 720 y Modelo 721
  • Revisión y rectificación de ejercicios anteriores
  • Requerimientos y trámites ante Hacienda
  • Alegaciones, recursos de reposición y reclamaciones ante el TEAR
  • Asesoría fiscal personalizada

Autónomos y empresas

  • Alta y gestión de autónomos
  • Contabilidad
  • Asesoría fiscal
  • Asesoría laboral

Trámites y gestiones

  • Matriculación de vehículos nacionales e importados
  • Transferencias de vehículos, embarcaciones y aeronaves
  • Reclamación de accidentes de tráfico
  • Impuesto de Sucesiones
  • Permisos y trámites de residencia
  • Gestiones ante Hacienda y Seguridad Social
  • Otros trámites administrativos

Preguntas frecuentes

¿Qué es la exención del artículo 7.p del IRPF?

El artículo 7.p es una ventaja fiscal española que permite dejar exentos de IRPF hasta 60.100 euros anuales si te desplazas a trabajar fuera de España. Para beneficiarte, hay que cumplir ciertos requisitos: ser residente fiscal en España y realizar las tareas físicamente en el extranjero en beneficio de una empresa no residente o una filial internacional.

¿Puedo reclamar la exención de años anteriores?

Se puede aplicar la exención 7.p de años anteriores en las últimas 4 rentas, e incluso modificarlas aplicando las deducciones correspondientes que no se aplicaran en su momento.

¿Quién tiene que presentar el Modelo 720 y el Modelo 721?

El modelo 720 lo deben presentar las personas físicas o jurídicas residentes en España que posean bienes en el extranjero (cuentas, valores o inmuebles) con un valor conjunto superior a 50.000 € por categoría. Por su parte, el modelo 721 lo presentan quienes posean criptomonedas custodiadas en plataformas situadas fuera de España, siempre que su valor total supere los 50.000 €.

¿Dudas sobre tu situación fiscal o necesitas ayuda con alguno de estos temas? Contacta sin compromiso: estudiarán tu caso y te orientarán sobre las opciones disponibles.

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